
Contenido
- 1 Acoso sexual laboral en Colombia
- 1.1 Un tema sensible que exige acción empresarial
- 1.2 La Ley 2365 de 2024: un marco para proteger la dignidad en el trabajo
- 1.3 La reglamentación y sanciones del Decreto 405 de 2025
- 1.4 El protocolo de prevención y atención es más que un documento, es una cultura
- 1.5 Comité de Convivencia Laboral vs RRHH ¿quién debe actuar?
- 1.6 El rol de las empresas es la prevención, protección y confianza
- 1.7 ¿Sabía que Ítaca Soluciones es su aliado en la implementación de protocolos reales?
- 1.8 Liderar con respeto es liderar con grandeza
Acoso sexual laboral en Colombia
Lo que toda empresa debe saber según la Ley 2365 de 2024 y el Decreto 405 de 2025
Un tema sensible que exige acción empresarial
La Ley 2365 de 2024 y el Decreto 405 de 2025 del Ministerio de Trabajo establecen un marco claro dentro de la normativa colombiana sobre acoso sexual laboral, obligando a las organizaciones a implementar medidas de prevención, atención y sanción. Pero más allá de cumplir con la norma, se trata de construir entornos laborales seguros, donde cada persona sepa que su bienestar importa.
En Ítaca Soluciones entendemos que hablar de acoso sexual laboral no es sencillo. Es un tema delicado, que toca fibras humanas y que puede afectar profundamente la confianza, la dignidad y la seguridad de quienes hacen parte de una organización. Sin embargo, es precisamente por esa sensibilidad que las empresas deben abordarlo con seriedad, empatía y compromiso.
La Ley 2365 de 2024: un marco para proteger la dignidad en el trabajo
La Ley 2365 de 2024 define el acoso sexual laboral como toda conducta de connotación sexual, no deseada ni consentida, que afecte la dignidad o genere un ambiente hostil, humillante o intimidatorio. Esta ley protege no solo a trabajadores directos, sino también a practicantes, contratistas, aprendices y visitantes.
Además, establece obligaciones claras para las empresas: adoptar políticas de cero tolerancia, diseñar un protocolo de prevención y atención del acoso sexual, garantizar canales confidenciales de denuncia, ofrecer medidas de protección inmediatas y capacitar anualmente a todo el personal. En otras palabras, la ley no deja espacio para la improvisación: exige acciones concretas y verificables.
La reglamentación y sanciones del Decreto 405 de 2025
El Decreto 405 de 2025 del Ministerio de Trabajo complementa la Ley 2365 al precisar plazos, sanciones y procedimientos. Por ejemplo, establece que toda queja debe ser acusada de recibo en máximo dos días, valorada en cinco y resuelta en un plazo no mayor a veinte días hábiles.
También regula la prohibición de represalias: durante seis meses posteriores a la denuncia, la persona afectada no puede ser despedida, trasladada ni ver deterioradas sus condiciones laborales. El incumplimiento de esta protección puede generar multas que, dependiendo del tamaño de la empresa, alcanzan hasta 5000 salarios mínimos diarios.
Este decreto deja claro que el acoso sexual laboral no es un asunto menor: es una conducta sancionable que puede tener consecuencias legales, económicas y reputacionales graves para las organizaciones que no actúen con diligencia.
El protocolo de prevención y atención es más que un documento, es una cultura
Tener un protocolo de prevención y atención del acoso sexual no es solo un requisito legal, es una herramienta vital para generar confianza. Este protocolo debe incluir definiciones claras, canales confidenciales de denuncia, rutas de atención, medidas de protección inmediatas y responsables definidos.
Pero lo más importante es que no se quede en el papel. Debe ser conocido por todos, practicado en la vida diaria y respaldado por una cultura organizacional que promueva el respeto y la igualdad. En Ítaca siempre recordamos a nuestros clientes que un protocolo efectivo no solo protege a las víctimas, también protege a la empresa de riesgos legales y reputacionales.
Nosotros le recomendamos estructurarlo así:


Comité de Convivencia Laboral vs RRHH ¿quién debe actuar?
Un punto clave dentro de la normativa colombiana sobre acoso sexual laboral es la diferencia entre el Comité de Convivencia Laboral y el área de Recursos Humanos.
El Comité de Convivencia Laboral, regulado por la Resolución 652 de 2012, tiene funciones conciliatorias frente a casos de acoso laboral general. Sin embargo, el acoso sexual laboral no es conciliable, ya que puede constituir un delito según el Código Penal. Por eso, la recepción y trámite de estas quejas corresponde a Recursos Humanos o a un delegado autorizado, con apoyo jurídico y formación en seguridad y salud en el trabajo.
Esta diferencia es fundamental: mientras el Comité sensibiliza y promueve la convivencia, es RRHH quien debe garantizar la atención confidencial, la investigación y la aplicación de medidas disciplinarias o legales.
El rol de las empresas es la prevención, protección y confianza
El acoso sexual laboral no solo afecta a la víctima, también deteriora el clima laboral, aumenta la rotación, disminuye la productividad y daña la reputación corporativa. Por eso, la prevención es una inversión estratégica.
Cumplir con la Ley 2365 de 2024 y el Decreto 405 de 2025 del Ministerio de Trabajo es el primer paso, pero el verdadero reto está en construir una cultura de respeto y cuidado mutuo. Una empresa que protege a su gente no solo evita sanciones, también gana en confianza, compromiso y sostenibilidad.
¿Sabía que Ítaca Soluciones es su aliado en la implementación de protocolos reales?
En Ítaca Soluciones acompañamos a las empresas colombianas en el diseño, implementación y socialización de su protocolo de prevención y atención del acoso sexual. Nuestro enfoque combina el cumplimiento estricto de la normativa colombiana sobre acoso sexual laboral con un trato humano y cercano, porque sabemos que detrás de cada caso hay personas que necesitan sentirse seguras y respaldadas.
Le ayudamos a capacitar a sus equipos, a definir canales de denuncia efectivos, a establecer medidas de protección inmediatas y a garantizar que su empresa actúe con la debida diligencia. Porque prevenir y atender el acoso sexual laboral no es solo cumplir con la ley, es demostrar que su organización lidera con humanidad.
Liderar con respeto es liderar con grandeza
El acoso sexual laboral es un tema que ninguna empresa puede ignorar. La Ley 2365 de 2024 y el Decreto 405 de 2025 del Ministerio de Trabajo marcan el camino, pero son las acciones diarias las que construyen entornos seguros.
En Ítaca Soluciones lo invitamos a dar ese paso con decisión. A demostrar que su empresa no solo busca resultados, sino que también protege y respeta a quienes los hacen posibles. Porque al final, lo más valioso de cualquier organización son las personas que la construyen día a día.
Contáctenos <<AQUÍ>> o dirígete a la sección de contactos en la barra superior y déjenos acompañarle en este proceso. Estaremos ahí, como siempre, para quienes nos necesitan.
Para visualizar la Ley 2365 de 2024 oprima el siguiente link: https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma_pdf.php?i=244636 o para descargar el PDF del mismo seleccione el botón de descarga en la parte inferior.
Para ver el Decreto 405 de 2025 oprima el siguiente link: https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=259517 o para descargar el PDF del mismo seleccione el botón de descarga en la parte inferior.
Nuestro Podcast
También puedes escuchar nuestro nuevo podcast en YouTube, en este caso hablamos sobre Cómo manejar el acoso sexual laboral en las empresas.
Oprime <<AQUÍ>> para ir a YouTube o escúchalo en el video anclado a continuación:


